Borrador actualizado del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030

En el Borrador del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, destacamos dos medidas. Una de ellas encaminada a la Reducción de emisiones de GEI en la gestión de residuos, donde se desarrollan las actuaciones identificadas para el sector residuos (Medida 1.22.) Que forman una medida adicional para el escenario WAM o Escenario Objetivo.Y la segunda medida es la Promoción de gases renovables (Medida 1.8).

 

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La medida de reducción de emisiones de GEI en la gestión de residuos, establece como primer punto, el compostaje doméstico o Comunitario. Consiste en la separación en origen del biorresiduo o fracción orgánica, dirigida a familias, colegios, etc. Para ello se distribuirán compostadores y se realizaran campañas de concienciación. Con esto será reducido el porcentaje de biorresiduo que va a vertedero y se disminuirá la frecuencia de recogida. El segundo punto trata de la recogida separada de biorresiduo con destino compostaje. Siendo la población objetivo los entornos semiurbanos principalmente y parte de entornos urbanos. Con la construcción y remodelación de Plantas de Compostaje y estrategias en los modelos de recogidas y renovación de flotas, se conseguiría la reducción de residuos en vertedero y la disminución en la frecuencia de recogida.

Un tercer punto, muy en la línea del anterior pero cambiando el destino de los biorresiduos a Plantas de Biometanización para su utilización como biocombustible. Con esto además de los objetivos anteriores, también se conseguirá un ahorro que supone la utilización de una energía renovable.

Además, la medida también se centra en la reducción de desperdicio alimentario con la estrategia “Más alimento, menos desperdicio” para conseguir cambios reales en las actitudes, los procedimientos y sistemas de gestión, además de estar incluidas en los objetivos de desarrollo sostenible (ODS 12.3) y de encontrarse recogido en el Plan de Acción para una Economía Circular de la UE.

El incremento de la recogida separada de papel en el canal municipal como quinto punto, es muy necesario puesto que teniendo en cuenta que el papel dispone de un canal de recogida propio, el papel además es un potencial emisor de metano superior al biorresiduo.

También es necesario el incremento de la recogida separada de aceite de cocina doméstico usado, siendo la implantación de está recogida en hogares responsabilidad de los Ayuntamientos. Esto implicaría utilizar el aceite como materia secundaria para la fabricación de biodiesel. Así, se contribuye no solo a la reducción de emisiones, además aportaría otros beneficios como son la contribución a los objetivos de energías renovables y biocarburantes avanzados y la reducción del riesgo de contaminación de aguas y acuíferos.

Como séptimo punto, se encuentra el incremento de la recogida separada de textiles. Tema preocupante para la UE, es por ello que le ha llevado a establecer un objetivo de recogida separada para este material, mediante contenedores en la calle u otras instalaciones para su reutilización y reciclado. Evitando su depósito en vertedero, donde las fibras naturales emiten metano como consecuencia de su descomposición.

La Gestión del biogás fugado en vertederos sellados, como otro punto a considerar. Va enfocado a aquellos vertederos sellados, donde aún hay cantidad considerable de fugas de biogás. En estos casos se plantea la cobertura de la superficie del vertedero, con las denominadas cubiertas oxidantes. En las que hay bacterias metanotrofas capaces de oxidar el metano que atraviesa la cubierta.

Por último, el noveno punto sería la utilización de restos de poda de cultivos leñosos como biomasa. Consiste en utilizar los residuos de poda como biomasa para su uso por empresas de cogeneración (usos eléctricos) o en la producción de pellets (usos térmicos), lo que sustituirá combustibles fósiles. Se reducen así las emisiones de CH4 y N2O generadas por la quema de residuos de cultivos leñosos. Esta medida conllevaría a una reducción importante en cuanto a partículas contribuyendo así al Programa nacional de lucha contra la contaminación atmosférica

Los Mecanismos de actuación para llevar a cabo esta medida serían los siguientes:

  • La Modificación de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados para acelerar la transposición de la modificación de la Directiva Marco de Residuos y adelantar la obligatoriedad de la recogida separada de los biorresiduos para antes del 31 de diciembre de 2020 para los municipios de más de cinco mil habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023, para el resto de municipios.
  • Proyecto normativo para la regulación de los criterios de fin de la condición de residuo para el compost y el digerido, del compostaje doméstico y comunitario, y de los requisitos para la valorización de residuos orgánicos en el suelo mediante la utilización de restos de poda de cultivos leñosos.
  • Ayudas a Residuos vía Planes de impulso al medio ambiente (PIMA) y Plan estatal marco de gestión de residuos (PEMAR).
  • Proyecto de Real decreto para incluir la restricción del vertido de las fracciones de residuos recogidas separadamente, incorporando la obligatoriedad establecida en la Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos.
  • Estrategia nacional “Más alimento, menos desperdicio” 2017-2020 disponible en www.menosdesperdicio.es.
  • Fortalecimiento de la obligatoriedad de recogida separada de los materiales para los que era obligatorio en la Ley 22/2011, de 28 de julio (papel, plástico, virio y metales) en otros entornos diferentes a los hogares, en revisión de la Ley 22/2011, de 28 de julio, para transponer la Directiva 2018/851/UE por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE.
  • Orden Ministerial para el desarrollo de los criterios de fin de condición de residuo para los residuos de papel recogido separadamente, y aprobación de los mismos.
  • Orden Ministerial para el desarrollo de los criterios para determinar cuándo los ésteres metílicos de ácidos grasos (biodiesel), producidos a partir de aceites de cocina usados o de grasas animales para su uso como biocarburante en automoción o como biocombustible en equipos de calefacción, dejan de ser residuos.
  • Otras medidas regulatorias del MAPA y/o intervenciones en el Plan estratégico de la PAC.

Los Responsables de esta Medida serían MAPA y MITECO conjuntamente con las Comunidades Autónomas de acuerdo con la distribución competencial de España.

La segunda medida que destacamos es la enfocada a la Promoción de gases renovables. Basada en la promoción de gases renovables para su uso en la generación de electricidad y para usos térmicos. Esta medida se refiere principalmente a biogás, biometano e hidrógeno de origen 100% renovable.

El biogás supone el uso de un combustible 100% renovable y también una reducción adicional de emisiones no energéticas (principalmente CH4), asociadas a una mejor gestión de los residuos municipales, lodos de depuradora y residuos agrícolas y ganaderos.

En los últimos años, ha adquirido relevancia la depuración de biogás hasta biometano para ser inyectado en las redes de gas natural una vez se garanticen determinados requisitos de calidad. Además, su producción y uso está ligado a la gestión de residuos y a la economía circular.

Por otro lado, el uso del hidrógeno 100% renovable contribuye a un doble objetivo: reducir las emisiones contaminantes locales y los gases de efecto invernadero (vehículos eléctricos con pilas de combustible) y aprovechar la energía eléctrica excedentaria de origen renovable en los momentos de baja demanda.

El impulso de la utilización del gas renovable se centra en la superación de las principales barreras tanto técnicas como administrativas a las que debe hacer frente, tales como el elevado coste de producción a partir de fuentes renovables (muy superior a la extracción y procesamiento de los combustibles fósiles), el desconocimiento por parte de los usuarios finales, el déficit de instalaciones de suministro o la inexistencia de un certificado de origen reconocido que garantice su origen renovable y valorice su consumo. Además, es necesario establecer con claridad los derechos, obligaciones y responsabilidades de los agentes involucrados en la producción, transporte y comercialización de gas renovable.

Debido a todas estas barreras, se realizarán planes específicos que fomenten la integración del gas renovable, analizando la situación de los gases renovables en España. Incluyendo la definición de una estrategia para determinar el uso más eficiente de este recurso, y determinación del potencial de producción teórico a 2030/2050 (justificación de la demanda asociada, técnicamente viable y económicamente rentable en comparación con otras opciones de descarbonización, así como el potencial de aprovechamiento de la red existente de gas natural).

Asimismo, se tendrá en cuenta el diseño los mecanismos de apoyo que permitan el aprovechamiento eficiente del gas renovable, sustentados en un sistema de certificación para la supervisión y control de los objetivos. Se desarrollarán regulaciones que permitan la inyección de dichos gases renovables en la red de gas natural y determinación de un sistema de garantías de origen de los gases renovables que acredite la procedencia y trazabilidad de los mismos y el impacto ambiental asociado. Por último, se incluirá la identificación y eliminación de las barreras regulatorias que dificulten el desarrollo de los gases renovables, para así incentivar su promoción.

 

 Fuente:https://www.miteco.gob.es/images/es/pniec_2021-2030_borradoractualizado_tcm30-506491.pdf

 

 

 

Cátedra de Economía Circular. Universidad de Sevilla. Escuela Técnica Superior de Ingeniería. Camino de los Descubrimientos s/n 41092 SEVILLA Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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