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Abierto periodo de participación pública del Proyecto de Orden Ministerial que establece los requisitos mínimos de tratamiento previo al depósito de residuos municipales en vertedero.

El objetivo de esta orden es establecer los requisitos mínimos del tratamiento previo al depósito en vertedero de los residuos municipales que permitirán evaluar la eficiencia del tratamiento previo al vertido. La norma está en línea con el principio establecido en la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que prioriza el principio de prevención en la legislación sobre residuos y la adopción de medidas para reducir el impacto en el medio ambiente derivado de la gestión de los residuos, y también con lo previsto en el Real Decreto 646/2020, el cual prevé que se establezcan los requisitos mínimos de tratamiento de los residuos con carácter previo al vertido mediante orden ministerial.

Trat previo

El artículo 3 del proyecto de orden enumera los requisitos mínimos, los parámetros de evaluación de eficiencia y su determinación. Los requisitos mínimos se determinarán considerando la clasificación de los residuos, su madurez y la estabilización de la fracción orgánica.

La eficiencia de la clasificación de los residuos que vayan a ser depositados en vertedero se evaluará atendiendo al contenido en materia orgánica de los residuos de tratamiento mecánico. El contenido en materia orgánica se determinará mediante la aplicación de la norma UNE-EN 15935:2021. Estas determinaciones se realizarán por entidades acreditadas por las normas UNE-EN ISO/IEC 17020 y UNE-EN ISO/IEC 17025.

La evaluación de la eficiencia de la estabilización de los residuos que vayan a ser depositados en vertedero se realizará atendiendo a la actividad respiratoria en cuatro días, AT4, en los residuos del tratamiento biológico. Este parámetro se determinará mediante la aplicación de la norma austriaca ÖNORM S 2027-4 (Evaluation of waste from mechanicalbiological treatment - Part 4: Stability parameters - Respiration activity (AT4).

La determinación del contenido de materia orgánica en los rechazos de residuos de tratamiento mecánico y AT4 para los residuos bioestabilizados con destino final vertedero tendrá una frecuencia mínima trimestral.

Se establecen objetivos progresivos para la implantación de dichos requisitos mínimos de los residuos con destino depósito en vertedero:

tabla

La orden establece que la superación de estos valores no condicionará la admisión de los residuos en vertedero, sin embargo, sí tendrá su repercusión en los costes de emisión de gases de efecto invernadero.

La entrada en vigor de la Orden se llevará a cabo el 2 de enero siguiente a su publicación en el BOE.

El periodo de participación pública de la Orden se abrió el pasado 29 de marzo y finaliza el 29 de abril. Los ciudadanos y organizaciones que así lo consideren pueden enviar sus opiniones cumplimentadas en el formulario de la página del MITERD, que deberán enviar al siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Fuente: MITERD. Proyecto de orden ministerial por la que se establecen los requisitos mínimos de tratamiento previo al depósito de residuos municipales en vertedero.

Cátedra de Economía Circular. Universidad de Sevilla. Escuela Técnica Superior de Ingeniería. Camino de los Descubrimientos s/n 41092 SEVILLA Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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